x

bombillaNueva regulación del Bono Social

El Gobierno aprobó el viernes el Real Decreto que regula el bono social de la electricidad, una tarifa social por la que se aplica un descuento del 25% en la tarifa de la electricidad a colectivos necesitados de una especial protección. Entre ellos estamos las familias numerosas, que en la nueva regulación nos han incluido dentro de los “consumidores vulnerables”, al margen de la renta, por lo que podremos acceder al bono

acreditando esta condición (deberemos tener el título oficial de familia numerosa) y siempre que tengamos una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.

Límite de consumo

El Gobierno ha establecido limites en el consumo bonificable, que en el caso de las familias numerosas será de 3.600 kWh para todo un año. Sólo hasta esa cantidad se aplicará el 25% de descuento en el precio de tarifa; por encima de los 3.600 kWh se facturará la totalidad.

El descuento en la factura aumentará hasta el 40 % para los hogares considerados consumidores vulnerables severos en función de su situación económica; además, aquellos que estén siendo atendidos por los servicios sociales, tendrán garantizada una subvención del 50 % de la factura y en ningún caso se les podrá cortar la luz.

La nueva regulación ha entrado en vigor el 10 de octubre, fecha a partir de la cual se puede solicitar el Bono de acuerdo a lo establecido en la nueva normativa. Aquellos consumidores que actualmente ya disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovación, disfrutando así de un descuento en su factura durante todo el período invernal. Los consumidores podrán presentar su solicitud para acogerse al bono social y la documentación acreditativa por diversos medios: por teléfono, en la web de la empresa comercializadora; en las oficinas de la empresa; por fax, por correo postal o por email a la dirección que señale el comercializador

Para ver todos los detalles, consultar:

Real Decreto 897/2017 VER

Orden ETU/943/2017 VER

 

Translate »