Novedades Bono social de la Luz
Para seguir beneficiándose del bono social de la luz es imprescindible volver a solicitarlo antes del 10 de abril de este año. Las familias que no lo vuelvan a solicitar antes de esta fecha, presentando la documentación requerida, perderán el derecho a la bonificación del 25% a la que tenemos derecho las
familias numerosas (hasta un consumo de 3.600 kWh/año) o del 40% para aquellas que sean consumidores vulnerables severos.
Como novedad y gracias a una nueva orden ministerial, que entró en vigor en enero de 2018, se nos exime a las familias numerosas de la obligatoriedad de aportar la declaración de la renta para optar a la bonificación del 25%, como colectivo vulnerable, tal y como se nos solicitaba en 2017. Sí tendrán que presentarla aquellas que quieran acceder al descuento del 40% para aquellos casos de vulnerabilidad severa (que no superen 2 veces IPREM en el caso de familias numerosas).
Por último os aconsejamos entregar de forma presencial toda la documentación y la solicitud, porque nos consta el caso de algunas familias que los han solicitado de forma telemática y se ha extraviado su solicitud. Y en el caso de que en alguna tienda se os requiera la declaración de la renta, informarnos para hacer la correspondiente reclamación.