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Una vez más, la Conselleria de Vivienda ha vuelto a lanzar las ayudas al alquiler.

¿CÓMO SOLICITAR LAS AYUDAS AL ALQUILER?
El plazo de solicitud de las ayudas terminará el 6 de agosto. Habrá una solicitud única, pero es obligatorio indicar qué tipo de ayudas al alquiler se solicita. La tramitación podrá ser telemática o rellenando el formulario, disponible en la web de la Conselleria, y presentarlo en los servicios territoriales, ayuntamientos o por correo certificado. La ayuda subvencionará los recibos del alquiler desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LAS AYUDAS AL ALQUILER?
La línea de ayudas alcanzará hasta un 40% del alquiler, con un máximo de 2.880 euros anuales, e, incluso, podría llegar hasta el 50% del alquiler si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años.

En cuanto a la línea de ayudas a jóvenes, los menores de 35 años podrán solicitar la subvención, que puede alcanzar hasta el 50% del alquiler. Pero para ello, todos los miembros de la unidad de convivencia deberán tener menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda, como excepción a este requisito se encuentran los mayores de 35 años, que sean dependientes.

Para que te concedan estas ayudas, las unidades de convivencia no deberán superar tres veces el IPREM, y tendrán prioridad los afectados por desahucio, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos diez años; familias numerosas y monoparentales; mujeres víctimas de violencia de género o en riesgo de exclusión social, en especial cuando tengas hijos a su cargo; víctimas de terrorismo; personas con diversidad funcional; personas con trastorno mental severo; jóvenes extutelados; personas con unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas o en las que todas las personas se encuentren en paro y hayan agotado las prestaciones.

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