El Congreso aprobó el pasado 28 de junio los nuevos Presupuestos Generales del Estado para 2018, que incluyen un incremento de las deducciones fiscales para las familias numerosas. En concreto, se incrementa en 600 euros la actual deducción de 1.200 euros que tienen las familias con 4 hijos, y el mismo incremento beneficiará a las de 6 hijos, que hasta ahora percibían 2.400 euros y ahora pasarán a percibir 3.000 euros por cada ejercicio fiscal El incremento de 600 euros se aplicará también por cada hijo a partir del 6º (si en vez de 6 hijos tienen 7 recibirán 600 más y así sucesivamente cuantos hijos se tengan.
CASOS EN LOS QUE SE APLICA LA MEJORA FISCAL
- Familia numerosa de categoría general con 4 hijos la deducción por familia numerosa pasa de 100 a 150 €/mes si se cobra mensualmente o de 1.200 a 1.800 € al año si se aplica al final del ejercicio fiscal.
- Familia numerosa especial con seis hijos (uno más que el número mínimo para ser familia numerosa de categoría especial), la deducción por familia numerosa pasa de 200 a 250€/ mes si se cobra mensualmente o de 2.400 € a 3.000€ año si se aplica al final del ejercicio fiscal. Además, si tienes más de seis hijos se añadirá 50€ mes por hijo o 600 € anuales por hijo.
- Con 3 hijos se es familia numerosa general (deducción ya existente 1.200€).
- Ahora, como novedad, con el cuarto hijo se cobrarán 600€ adicionales, llegando a 1.800.
- Con el quinto hijo se pasa a ser familia numerosa especial y la deducción es la preexistente, 2.400€.
- Ahora, como novedad, a partir del sexto hijo y sucesivos se cobrarán 600€ adicionales por cada uno de ellos.
SI TENGO ALGÚN HIJO DISCAPACITADO
Como indica el artículo 4.3.Ley 40/2013 Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, en los términos definidos en el apartado 5 del artículo 2, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte. Por ello
- Se aplicará la mejora en las familias con 3 hijos uno de ellos con discapacidad. En este caso seguirán pudiendo deducirse 3.000 (1.200 por familias numerosa + 1.200 por discapacidad + 600 por el hijo discapacitado).
- Así también se beneficiarán las familias numerosas especiales con 5 hijos y uno de ellos con discapacidad las cuales seguirán pudiendo deducirse hasta 4.200 € (2.400 euros por familias numerosas + 1.200 por discapacidad + 600 por el hijo discapacitado)
No podrán aplicarse la mejora fiscal las familias numerosas de categoría especial cuando éstas lo son a consecuencia de tener una renta baja y 4 hijos en este caso continuarán recibiendo la deducción de familia numerosa especial que asciende a 2.400 €.
DATOS IMPORTANTES
CUÁNDO SE RECIBIRÁ LA NUEVA DEDUCCIÓN:
En 2018 se recibirá la parte proporcional, la mitad al entrar en vigor el 1 de julio; por tanto, 300€ por cada hijo adicional. El pago anticipado de la deducción de julio se efectúa a partir del 15 de agosto. Será ahí cuando los contribuyentes comiencen a notar que el importe recibido es superior. (Por ejemplo una familia numerosa de categoría general de 4 hijos hasta ahora percibía mensualmente 100€. A partir del pago referido a julio que se efectúe desde el 15 de agosto, recibirá 150).
QUÉ TENGO QUE HACER PARA BENEFICIARME DEL INCREMENTO:
No será necesario que los contribuyentes aporten información adicional , ya que la Agencia Tributaria calculará el incremento de esta deducción que corresponda. Si ya está solicitado el abono anticipado no es necesario realizar una nueva solicitud. Con la solicitud original se extenderán los efectos a estos incrementos.
Existe la opción de pedir el cobro anticipado, como ocurre con la deducción por maternidad.
La deducción por familia numerosa es compatible con la deducción por maternidad, e igualmente existe la opción de solicitar el cobro anticipado.
+ INFO sobre estas y otras ayudas, becas y subvenciones aquí
Tengo una discapacidad del 43%, estoy casado y tengo dos hijos de 15 y 11 años. ¿ Me puedo beneficiar de las ayudas de FAMILIA NUMEROSA ?
Cuando se trata de una discapacidad de un progenitor ha de ser superior al 65%. Por tanto no reúnes las condiciones para solicitar el título de familia numerosa.
Hola somos familia numerosa especial con 3 hijos uno de ellos con un90% de discapacidad, tenemos derecho a esta subida? Gracias de antemano.
Buenos días Sandra,
Si tenéis derecho, ya que a efectos de cómputo de hijos las discapacidades superiores al 33% computan como dos. La Agencia Tributaria os actualizará el pago de acuerdo a esta modificación, no es necesario que lo solicitéis. Si el pago es mensual deberéis recibir 100 por familia numerosa + 100 por discapacidad + 50 por la ampliación. Un total de 250 mensuales o 3.000 anuales.
Un saludo
No, en el caso de los ascendientes la discapacidad debe ser igual o superior al 65% para considerarse familia numerosa. Un saludo
Yo soy la madre,Tengo 33% de discapacidad y tres hijos.tendo derecho a la ampliacion? Gracias.soy de andalucia
Yo soy familia numerosa con 5 hijos y a mi no me an subió el pago sigo cobrando 200
Yo soy familia numerosa de 5 hijos y sigo cobrando 200 euros
Hola María hay varias familias que coincidís en lo mismo. Hemos hecho una consulta a Hacienda y en cuanto sepas algo os decimos.
Un saludo
No, el el caso de progenitores la discapacidad debe ser igual o superior a un 65%. Un saludo
Cuando un hijo se independiza economicamente y ya no vive en casa, ¿hay que comunicarlo a Hacienda, o ellos lo detectan y reducen la cuantía de la deducción automaticamente?
La Ley te obliga a comunicarlo a través de una modificación del título de familia numerosa dando de baja al hijo que se ha independizado. Un saludo
Por supuesto. Os la deben de haber aplicado sin necesidad de hacer ninguna gestión. Si no es así hablar con la Agencia Tributaría para ver que ha podido pasar. Un saludo
Buenas tardes, somos un matrimonio con tres hijos uno de ellos con discapacidad del 33% somos familia numerosa especial cuánto tendría que recibir por deducción 100 o 150 € a mí me están pagando 100 € mensualmente. Muchas gracias un saludo
Somos familia numerosa porque tengo 2 hijos,los 2 con discapacidad superior al 33%,es decir,me contaria como 4 hijos. En mi caso deberia de beneficiarme de la ampliacion?pues sigo cobrando lo mismo.
Gracias!
holas muy buenas yo tengo dos hijas una con discapacidad del 84% me corresponderia los 50 mas gracias un saludo
No, las familias numerosas con dos hijos, uno de ellos con discapacidad igual o superior al 33% a todos los efectos se consideran como una familia numerosa general de tres hijos y esta recibe 100 euros mensuales de deducción más la correspondiente por la discapacidad. Un saludo
Efectivamente en tu caso deberías beneficiarte del la ampliación y pasar a cobrar 150 euros en lugar de 100 además de los 100 por discapacidad. Un saludo
Entiendo que soy especial por renta baja. Entiendo que debería pagarte 150 porque a los efectos sois una familia de 4 hijos ya que el hijo discapacitado computa como dos. Un saludo
Hola, soy minusvalido con más del 65%, con 2 hijos ya eramos familia numerosa. Mi pregunta es si con el tercer hijo tendría derecho a los 600 euros de deducción adicionales. No veo que esta situación se tenga en cuenta por ningún sitio
Hola;
Cualquier persona con discapacidad computa como dos a la hora del cálculo de miembros de una familia por lo que si tu unidad familiar está compuesta actualmente por cuatro miembros más tu que computas como dos, es decir , seis miembro. En este caso, en principio, deberías poder deducirte los 600 euros debido a la ampliación de la deducción. Consúltalo en la Agencia Tributaria pero nosotros tenemos entendido que si. Un saludo
Somos familia numerosa especial.
Durante el 2018, vivimos en casa el matrimonio, una hija con minusvalía superior al 90%, tres hijos que son estudiantes y uno que trabaja pero vive con nosostros.
Este ultimo hace su declaración aparte.
Cuantos hijos debería incluir en el parteado de familias numerosas para el incremento desde agosto a diciembre?
Buenos dias, soy madre de cinco hijos y mi marido tiene una discapacidad del 43% cobro a día de hoy 200 euros. Tendrían que darme más o es correcta esa cifra. Gracias un saludo
Hola,
Somos familia numerosa con 4 hijos, habiendo nacido el 4º en el mes de noviembre. La gestiones para incluirlo en el carnet de familia numerosa las hicimos en diciembre. ¿Podemos aplicarnos la mejora de 50 € en la ayuda desde noviembre o solo desde diciembre?
Un saludo y muchas gracias,
Maria el 7 mayo, 2019 a las 2:06 pm
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Estaba cobrando la ayuda de familia numerosa general de mi hija y ahora soy familia numerosa especial por mi quinto hijo ,me digeron que solicitara la ayuda por hijo como famila especial y que hechara una solicitud reclamando para que la ayuda de mi hija parasa de general a especial, cuanto me deberian de dar de ambas ayudas?
Hola:
Nosotros somos familia numerosa con 4 hijos, pero un poco peculiar, me explico.
Estoy casado por segunda vez, y mu mujer tiene 2 hijos de su anterior matrimonio que viven con nosotros, yo a su vez tengo 2 hijos que viven con su madre, pero a la que le paso mensualmente la pensión por alimentos y además mi ex-mujer me ha cedido el que pueda incorporar a mis hijas en el Título de familia numerosa, el cual tengo concedido por la Comunidad de Madrid.
A que cantidad tendríamos derecho como familia numerosa??’.
un saludo y gracías
Somos familia número con 3 hijos , uno de ellos con una discapacidad , me han dicho que pida la tarjeta de familia numerosa especial , me conviene hacerlo?
Por supuesto que conviene, las bonificaciones son mayores y las deducciones se incrementan.
Si actualmente estáis casados y tu mujer actual también puede incorporar a sus hijos en el Título de familia Numerosa podéis solicitarlo y os darán la categoría general.
No se a que se refiere con que cantidad. Con el reconocimiento accedes a unos determinados beneficios como son las deducciones por familia numerosa que en vuestro caso sería de 1200 euros anuales o 100 mensuales. No se si se refería a eso, no obstante puede llamarnos y le informaremos más detalladamente. Un saludo
Imagino que con ayuda te refieres a la deducción por familia numerosa. Si es así al pasar de general a especial la deducción se duplica, por lo tanto son 2400 euros anuales o 200 mensuales. Un saludo
Desde el momento en que está incluido en el título de familia numerosa el 4º hijo. Un saludo
En principio debe de recibir 2400 euros anuales o 200 mensuales por familia numerosa y otros 1200 o 100 por discapacidad, son deducciones diferentes. Un saludo
Únicamente a aquellos que estén estudiando y sean menores de 26 años y no tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Su hija discapacitada computa como dos.
Hola tengo 3 hijos uno tiene una discapacidad el 33%,tengo familia numerosa especial,tengo derecho a la ampliación de 600 euros.Gracias.
Hola, soy beneficiario de la deduccion por familia numerosa, el titulo se me caducaba en agosto, pero ya lo tengo renovado por 2 años mas, sabe alguien que tengo que hacer para poder seguir cobrandola?. Gracias
Hola,soy beneficiario de la deducción por la ayuda de familia númerosa, el caso es que el título de familia caduca a finales de agosto, así consta en hacienda, pero ya lo hemos renovado por 2 años más, que tengo que hacer pasar seguir beneficiándome de la ayuda? Gracias
Este cobro por familia numerosa especial cuanto tiempo dura? 1 año? Dos?
Hola he solicitado la deducción por familia numerosa a nombre de mi marido porque era el el que estaba en seguridad social, yaparecia en el carnet,podría volver solicitar el abono a mi nombre ya que ahora soy yo la que esta en seguridad social?? Gracias
Si se la ha aplicado tu marido esa deducción ya esta aplicada si en algún momento estuvisteis los dos a la vez podrías aplicarte la tuya también
Hola, somos familia numerosa estoy pagando a la Seguridad Social por el convenio especial. No tengo ingresos por cuenta propia ni ajena, ni desempleo ni pensión de ningún tipo. solo ingresos de tipo mobiliario e inmobiliario. Hacienda me ha negado la deducción por familia numerosa por no tener ingresos del trabajo o pensión. Esto es así a pesar de estar dado de alta y cotizando en la seguridad social? Gracias
BUENOS DÍAS, EN MI CASO TENGO 2 HIJOS DISCAPACITADOS UNO CON 50% Y OTRO CON 72%. ¿ME PODRÍA BENEFICIAR DE LA NUEVA DEDUCCIÓN DE LOS 600 €
AL CONTAR CADA HIJO COMO 2?
«La cuantía de la deducción a que se refiere el párrafo anterior se incrementará hasta en 600 euros anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, según corresponda. Este incremento no se tendrá en cuenta a efectos del límite a que se refiere el apartado 2 de este artículo.»
Por su parte la Ley 40/2003 de Familias numerosas establece :
Artículo 2. Concepto de familia numerosa.
«1. A los efectos de esta ley, se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.
2. Se equiparan a familia numerosa, a los efectos de esta ley, las familias constituidas por:
a) Uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
b) Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
c) El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
En este supuesto, el progenitor que opte por solicitar el reconocimiento de la condición de familia numerosa, proponiendo a estos efectos que se tengan en cuenta hijos que no convivan con él, deberá presentar la resolución judicial en la que se declare su obligación de prestarles alimentos.
En el caso de que no hubiera acuerdo de los padres sobre los hijos que deban considerarse en la unidad familiar, operará el criterio de convivencia.
d) Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.
e) Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.
3. A los efectos de esta ley, se consideran ascendientes al padre, a la madre o a ambos conjuntamente cuando exista vínculo conyugal y, en su caso, al cónyuge de uno de ellos.
Se equipara a la condición de ascendiente la persona o personas que, a falta de los mencionados en el párrafo anterior, tuvieran a su cargo la tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo de los hijos, siempre que éstos convivan con ella o ellas y a sus expensas.
4. Tendrán la misma consideración que los hijos las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido. Los menores que habiendo estado en alguna de estas situaciones alcancen la mayoría de edad y permanezcan en la unidad familiar, conservarán la condición de hijos en los términos establecidos en el artículo 3 de la presente ley.
5. A los efectos de esta ley, se entenderá por discapacitado aquel que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento y por incapaz para trabajar aquella persona que tenga reducida su capacidad de trabajo en un grado equivalente al de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.»
Artículo 4. Categorías de familia numerosa.
«1. Las familias numerosas, por razón del número de hijos que reúnan las condiciones de los artículos 2 y 3 de esta ley, se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:
a) Especial: las de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
b) General: las restantes unidades familiares.
2. No obstante, las unidades familiares con cuatro hijos se clasificarán en la categoría especial cuando sus ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias.
3. Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, en los términos definidos en el apartado 5 del artículo 2, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.»
Buenas tardes,
Hemos sido familia numerosa general (3 hijos), en Junio se casó mi hija, hemos percibido el Abono anticipado deducciones de familia numerosa, hasta agosto 2019 he recibido el abono de 100 euros, hoy he recibido una carta de haciendo lo siguiente:
«En relación con su solicitud de abono anticipado de la deducción por familia numerosa del Impuestosobre la Renta de las Personas Físicas, y una vez contrastada con la información obrante en poder dela Administración se va a proceder a denegar el pago de dicho anticipo por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 81.bis de la Ley 35/2006, en concreto:Por haber perdido la condición de familia numerosa.»
Mi pregunta si ¿puedo seguir teniendo el regimen general de familia numerosa, (beneficio de estudios, transporte, etc) y también el de deducción por familia numerosa,? gracias
Buenas noches
Yo tengo 80 años y mi mujer 76
Mi mujer es discapacitada con 66% y yo con 45% de discapacidad
Tenemos ya solo en casa una hija con 77% de discapacidad psiquica y incapacitada y tutelada por nosotros
Podemos optar al título de familia numerosa? Computa mi hija por 2 entonces?
Muchas gracias
Buenas tardes,yo cobro el abono anticipado por familia numerosa de caracter general,con mi 4 hijo e pasado a categoria especial,el carnet tiene validez desde junio de 2019,pero me a llegado en noviembre y es cuando lo e presentadoen hacienda.La pregunta es:hacienda paga la diferencia desde la aprobacion del carnet(que me a tardado casi 6 meses)o me paga el atraso desde junio.Gracias.
Perdon me e equivocado al final,me paga los atrasos desde que esta aprobado el carnet o cuando lo presento en hacienda en este caso desde noviembre.
Buenas, lamentablemente no, únicamente se puede acceder a la familia numerosa con un mínimo de dos hijos con independencia de los grados de discapacidad.
Si no hay ningún hijo menor de 26 años que viva con vosotros y esté estudiando y dependa económicamente de vosotros, no.
Hola tenemos 3 hijos uno de ellos con 26 años hemos renovado el título de familia numerosa quedándose fuera mi hijo de 26 años…. cuanto dinero recibiré mensualmente antes nos pagaban 100€
Buenos días Loli el dinero que recibirás es por familia numerosa no por hijo por lo tanto seguirás recibiendo la misma cantidad mientras sigas teniendo la condición de familia numerosa.
Un saludo
Hola soy familia númerosa de 3 hijos y uno de ellos tiene discapacidad del 33% me podéis decir que ayuda tendría que cobrar , porque lo único que he visto esque de100€ a pasado a 150€ y por lo leído hay tendría que cobrar 1200€ por Familia numerosa y 1200€ por hijo discapacitados y 600€ por ser como el 4• hijo no? Contestame cuando podáis gracias.
Efectivamente… debes beneficiarte de una deducción de 1200 por Familia Numerosa otros 1200 por la discapacidad de uno de los hijos y 600 € por computar el hijo discapacitado como dos y por tanto considerar que tenéis 4 hijos. Un saludo
Buenas tarde, hemos sido una familia numerosa con 3 hijos, ahora 2 de ellos ya se han emancipado y ya no están en el titulo, pero sin embargo nos lo han renovado porque el pequeño tiene 9 años y nos consideran todavia familia numeross. ¿Tenemos derecho a la deducción estatal de 1200 por ser tener el titulo aunque no seamos 5 miembros? y ¿a la deduccion autonómica en Castilla y Leon ? GraCIAS
Hola tengo familia numerosa espicial con tres hijo uno de ellos con discapacidad cobro 200€ por familia numerosa espicial y 100 por hijo con discapacidad y el años pasa a mi otra hija le dieron tarjes de discapacidad también tengo derecho de cobrar otro 100€ por mi hija o no gracias
Efectivamente por cada hijo con discapacidad son 100 euros de decucción.
Por supuesto, mientras sigais teniendo el título en vigor podéis beneficiaros vosotros y el hijo que está en el título de todas las ayudas y ventajas fiscales para el colectivo. Un saludo
Buenas noches,
Somos familia numerosa de categoría general, con 2 hijas con discapacidad del 33%. No cobramos anticipadamente, lo deducimos anualmente en la Renta.
La duda es siguiente:
Al computar ambas hijas doble, y considerase un núcleo familiar de 6 miembros ((2 ascendientes + 2 descendientes * 2)),
¿Tenemos derecho a la deducción adicional 600€/año (50€/mes) por el exceso de 1 hijo, al pasar de mínimo de 3 hijos de la categoría general a 4 hijos?
En caso afirmativo, entiendo que debemos marcar en la casilla de exceso de hijos, el valor de 1, ¿verdad?
Gracias por anticipado.
Mi abuela es la tutora legal de mi madre que tiene más de el 65% y vivimos en casa de mi abuela.El año pasado por primera vez hicimos la renta y este año tambien con la diferencia que nos salia esta ayuda que las desconociamos, queremos hacer una revisión de la renta del 2018 ya que solo la dieron a mi abuela 50€ y no salia nada en el borrados de 1.200€. Mi pregunta es entiendo que en este caso es correcto y debemos de tener esta ayuda y podemos reclamar la renta del 2018 ya que se puede hacer revisión hasta 4 años atras pero y los años que estaba esta ayuda y no la hemos recibido se puede hacer algo???? mi abuela no lo sabia y yo por edad me estoy encargando ahora de todo y es mucho dinero,gracias.Un saludo
Hola soy viuda con 2 hijas, con título de familia numerosa desde hace 2 años. A una de ellas le reconocieron el año pasado una discapacidad del 90%. ¿Tendría derecho al incremento de 600€? Entiendo que al contar ahora como 2, mi situación es viuda con 3 hijos. Excede en 1 hijo la obtención del título de familia numerosa. ¿Es así?.
Muchas gracias.
En principio no, pero lo mejor es que hables con la Agencia Tributaria que ellos podrán informarte mejor que nadie.
Un saludo
No, son 1200 por Familia Numerosa y otros 1200 por discapacidad, el número de hijos necesarios para el título son tres, salvo en la excepción de los viudos. En este caso tendrías como tres hijos por lo que no te corresponde el incremento de los 600.
Exacto! No lo has podido explicar mejor. Un saludo
Mi hija menor, de 25 años en 2019 estaba estudiando un máster y por ello teníamos todavía consideración de familia numerosa. Tuvo unos ingresos de 3300 euros por los que se le practicaron unas retenciones. Si presenta declaración de la renta para que le devuelvan esa retención practicada ¿puedo yo aplicarme la deducción por amilia numerosa en mi declaración? En los requisitos para tener la consideración de familia numerosa se habla de ingresos del hijo inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, pero no he encontrado referencia alguna a que no se pueda presentar declaración.
Muchas gracias y un saludo
Deberás consultarlo en Hacienda.
Un saludo
Al renovar rl carned de familia numerosa especial, el pago q hace hacienda por tener dos hijas con minusvalía, se renueva automaticamente?. O hay q volver a pddirlo en hacienda?. No an renovado por dos años.
Buenos días Yolanda!
En principio la renovación es automática pero si veis que en unos meses no os han hecho el ingreso llamar o pedir cita previa en Hacienda.
Un saludo
Hola tengo 35 años y tengo 35% de discapacidad. Tengo ingresos de 430€ al mes. Lo que significa que al año no supero los 8000€. No tengo ningun bien ni propiedad.Vivo con mis padres. Mi padre prejubilado cobrando al rededor de 11.200€ al año. Y mi madre ama de casa sin ingresos. Solo tenemos una casa. Valor catastral 100 mil euros creo. He solicitado a mi padre los 100 euros por hijo con discapacidad. Yo. Por online mediante cl@ve.No se si lo hice ayer. Puse colectivo y en donde te dice ‘contribuyentes’ puse 2. Porque yo tengo mi subsidio y mi padre la prejubilacion. No se si lo hice bien. Bueno, el caso es que despues de 3 meses de espera me envian una carta y me dicen que en 10 dias debo enviar/entregar empadronamiento colectivo historico de la unidad familiar, libro de familia y mi certificado de discapacidad. Lo entrego desde internet porque vivo lejos de hacienda aparte de que estamos en medio de una pandemia y no me apetece ir.Por cierto, en la carta decia que si en 10 dias no entregaba los datos me multarian economicamente. Son bastante malos estos de Hacienda. El caso es que.. teniendo todo el derecho a cobrar 100€.. como tengo. Me lo concederan de una vez sin problemas? gracias
Buenos días. Ante todo agradecer vuestra labor pues vuestras respuestas son muy claras y seguro que están ayudando a mucha gente. En todo caso creo que muchas de las preguntas y dudas están repetidas y contestadas varias veces. No es mi caso que no he visto ninguna pregunta similar y creo que en la normativa existe un vacío legal. Nosotros hemos sido familia numerosa con 4 hijos. Según la normativa hubiéramos tenido derecho a la ampliación de la deducción de 600 € por exceder en un hijo al número mínimo exigido para ser familia numerosa. De nuestros 4 hijos dos ya no forman parte de la familia numerosa pero con la modificación de la ley lo seguimos siendo hasta que el último de los hijos pierda esta condición. Si tenemos en cuenta que nuestra condición actual de familia numerosa lo es porque en su día lo fuimos al tener 4 hijos (uno más de los exigidos) y que ahora en la actualidad también excedemos en un hijo el mínimo exigido para ser familia numerosa, ya que cuando el mayor pierda esa condición seguiremos siendo familia numerosa con solo un hijo ¿tendremos actualmente derecho a la ampliación de 600 € por exceder en uno el número mínimo de hijos exigidos para seguir siendo familia numerosa? Yo entiendo que sí pues está claro que siendo familia numerosa con dos hijos excedemos en uno el mínimo requerido ya que cuando tengamos solo un hijo que cumpla los requisitos SEGUIREMOS SIENDO FAMILIA NUMEROSA y más aún si tenemos en cuenta que nuestra condición actual viene de un derecho adquirido de cuando eramos familia numerosa con 4 hijos.
Muchas gracias de nuevo y un saludo-
Hola Gabriel, la deducción es por los hijos que tienes actualmente en el título nunca por los que llegasteis a ser. Actualmente te corresponde únicamente 1200 euros de deducción.
Un saludo
Buenas tardes,
Ha habido algún cambio en la normativa en cuanto a la deducción por familia numerosa 4 hijos?. Lo pregunto porque durante todo el 2020 hemos recibido 150 € / mes, y durante este primer mes de Enero del 2021, hemos recibido un ingreso de 100 €.
Ha habido algún cambio?. Mi situación familiar sigue igual. La única diferencia es que mi hija mayor cumple 18 años el próximo mes de Julio 2021. Tiene esto algo que ver?.
Muchas gracias y un saludo,
Hola Jose María,
No ha habido ningún cambio y por lo que me cuentas no hay motivos aparente. Llama a la Agencia Tributaria y que informen de los motivos.
Un saludo
K dia pagan los 100 euros por familia numerosa de hacienda gracias
Gracias!. Me informa la agencia tributaria que se trata de una incidencia en la Comunidad de Madrid. Habra que regularizarlo en renta.
Un saludo
Hola Adela,
No hay un día fijo para el pago de la deducción y depende de la entidad bancaria a la que se haga el ingreso.
Hola sabe alguien cuando se cobra los 100€ de familia numerosa
Hola no he cobrado el mes de febrero que paso que quería saber que paso
Hola, ya hemos pasado el mes de febrero y aún no han pagado los anticipos por deducción de familia numerosa y discapacidad, y otra cosa, la subida de los 50€ se hace digitalmente desde Hacienda o tienes que notificarlo? Porque yo sigo contando lo mismo desde que lo hecho en 2015, no me han subido en ningún mes, ni por familia numerosa ni por descendiente con discapacidad, gracias
Buenas tardes, soy familia numerosa desde 2017, no ha habido ningún cambio en mi situación, y desde enero que no me hacen el ingreso de la deducción por familia numerosa. Soy de Alicante, se sabe el porqué?
Gracias
Somos familia numerosa con dos niños el menor con 34%de minusvalía yo con 37% de minusvalía acabo de separarme por violencia de género tengo derecho a esa subida gracias
Hola Rosario,
Tu discapacidad mientras no sea igual o superior al 66% no afecta en nada al título de familia numerosa. Eso si, debes de presentar una modificación del título por baja de un miembro, en este caso el padre. Aportando sentencia de divorcio o documento de violencia de género. Te recomiendo que también tramites el título de familia monoparental y para saber ayudas específicas por violencia de género puedes hacer la consulta a diversitat@gva.es
Un saludo
Hola Víctor, todos los años se retrasan en el mes de febrero y suelen hacer el pago en marzo.
Si ves que este mes no lo cobras haz una reclamación a la Agencia Tributaria.
Un saludo
Hola Isabel;
todos los años se retrasan en el mes de febrero y suelen hacer el pago en marzo.
Si ves que este mes no lo cobras haz una reclamación a la Agencia Tributaria.
Un saludo
Hola Vanesa;
todos los años se retrasan en el mes de febrero y suelen hacer el pago en marzo.
Si ves que este mes no lo cobras haz una reclamación a la Agencia Tributaria.
Un saludo
Hola Vanesa
todos los años se retrasan en el mes de febrero y suelen hacer el pago en marzo.
Si ves que este mes no lo cobras haz una reclamación a la Agencia Tributaria.
Un saludo
buenas,le agradeceria su ayuda,pues he sido familia numerosa especial hasta 31 enero de 2021,pero como habia ke renovar tres meses antes de caducar el titulo lo renove en noviembre de 2020,pasando ya a ser familia numerosa general,pues mi hija cumplia los 26 en enero de 2021,pero aun en el carnet de especial seguia en vigor hasta 31 de enero de 2021,mi pregunta es si al hacer la declaracion,se computa hasta niviembre como categoria especial,o se me computa todo el 2020 como categoria general,gracias..
Buenas soy familia numerosa normalmente me hacen la devolución que me corresponde por este motivo pero al intentar realizar la declaración de 2020 como mi hija mayor tenía 25 años ya no la puedo incluir en la misma sin embargo seguimos siendo familia numerosa porque ella sigue estudiando, tenemos el título en vigor actualmente. Mediante el borrador por más que introduzco los datos en la casilla 661 no se validan y me los borra. Sigo teniendo derecho a la devolución? Gracias por su ayuda.
Hola!
Con la información que me cuentas, mientras el título esté en vigor deberías poder deducirte siempre y cuando no haya cambiado ninguna circunstancia.
Ponte en contacto con la Agencia Tributaria ya que nosotros no vemos el porqué no te la puedes aplicar.
Un saludo
Buenos días soy femilia númerosa con dos hijos y monoparental mi hijo mayor tiene 25 años nos han renovado el título dos años más pero con un solo miembro es decir que a él ja no està en el título, puedo deducir e los 1200€en la declaración de la renta?
Hola!: Somos familia numerosa con 3 hijos (14,19 y 21)
Estoy yo sola como titular del título porque hace 8 años que soy viuda.(Hice aportaciòn de documento de copia de literal de falleciniento de mi cònyuge,padre de mis hijos,así como libro de familia.)
Mis hijos no tienen ninguna discapacidad pero yo,como progenitora,sí tengo reconocido un 65% de minisvalía.(Aporté certificado de minusvalía del organismo oficial de mi comunidad autònoma)
Hasta hace 1 més,percibía 150€ mensuales por familia numerosa,pero este més de Mayo,me han abonado 100€.
Mi hija mayor cumpliò a finales de Marzo los 21 años y ese día,caducaba el título.
Lo renové esta mañana,aportando documentaciòn de matrícula de estudio actual de la mayor.
Tengo que volver a la Agencia Tributaria a tramitar esto nuevamente o se hace de forma automática?
Se me volverán a hacer los abonos de 150€ como hasta entonces o se quedarán en 100€?
Me han comentado que existe la posibilidad de solicitar abono por mi minusvalía.Es eso así o no es compatible percibir ámbos?(Yo creo que me abonaban 150€ ya por una pequeña «mejora» en la deducciòn de familia numerosa,al tener la condiciòn acreditada de minusvalía,pero tampoco lo sé)
Agradezco por favor si me pueden responder a mis dudas.
Gracias.Un saludo.
Hola Cristina,
si ya has tramitado el título, no hace falta volver a aportar documentación.
Lo que sí puedes consultar con Agencia Tributaria es esa falta en el abono de 150 euros
Para solicitar un abono por minusvalía mejor que contactes con alguna asociación de discapacidad, que ellos sabrán aconsejarte mejor.
Un saludo
Hola soy familia numerosa especial tengo 7 hijos a mi cargo pero la mayor tiene 20 años y hace 1 año quede viudad y cobro 300 euros entro en los 600 como se hace gracias
Hola Ángela,
se trata de una deducción que debes solicitar al realizar tu declaración de IRPF.
No obstante, te aconsejamos que te asocies a una de nuestra asociaciones, donde podrás encontrar asesoramiento especializado además de disfrutar de numerosas ventajas. Tienes toda la información en nuestra página web https://www.familiasnumerosascv.org/
Un saludo