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Si antes del 10 de octubre de 2017 eras beneficiario del bono social y cumples los requisitos del nuevo bono social, dispones hasta el día 31 de diciembre de 2018 para renovarlos y no tener que tramitar la solicitud nuevamente. El nuevo bono social contempla a las familias numerosas como beneficiarias considerándolas un colectivo vulnerable y concediéndoles un 25% de descuento y en algunos casos si se cumplen los requisitos que más adelante os detallamos pueden alcanzar hasta un 40% de descuentos considerándolas dentro del colectivo vulnerable severo.

Así lo estableció el Gobierno cuando se modificó la normativa que regula esta tarifa social, con la que se protege económica y socialmente a ciertos colectivos sociales, los llamados consumidores vulnerables y vulnerables severos, este último referido a personas que se encuentran en situación de dificultad económica y a las que se aplican medidas de protección especial.

Las familias numerosas pertenecen al primer grupo (consumidores vulnerables) y, por ello, pueden beneficiarse del bono social de la electricidad, que se aplicará en la factura a la parte del consumo hasta 3.500 kWh/año, límite de consumo bonificable.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS ACTUALES PARA ACCEDER AL BONO?

  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
  • El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
  • Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
  • El PVPC se contrata con las comercializadoras de referencia

    2. Además se debe cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta.

  • Para ser consumidor vulnerable (25% de descuento)

Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:

≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 11.279€.
≤ 2 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 15.039€
≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 18.799€

O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.

O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

  • Para ser consumidor vulnerable severo (40% de descuento)

Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».

Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 15.039€.

Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 7.520€.

  • Para ser consumidor vulnerable (25% de descuento)

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

  • Circunstancias especiales

Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementan en 0,5 puntos IPREM (3760 € más).

Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género.
Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo.
Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
Que el consumidor acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

OTROS BENEFICIOS SI TIENES EL BONO SOCIAL

  • El bono social de electricidad le permitirá también disponer de facturas eléctricas más claras, “sin letra pequeña”, en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
  • Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses).
  • Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

¿Y EL BONO TÉRMICO?

El bono térmico, es una novedad que el Gobierno ha puesto en marcha  y que consiste en un pago único para ayudar a costear los gastos de calefacción en los meses de invierno. Las características principales del bono térmico son:

  • Beneficiarios: todos aquellos que a 31 de diciembre de 2018 disfrutan del bono social de la luz serán automáticamente beneficiarios del bono térmico, sin necesidad de hacer ninguna gestión.
  • Importe: se trata de un pago único que va de los 25 € a los 130 € en función de los parámetros de vulnerabilidad que se apliquen en el bono de la luz, y en función de la zona geográfica en la que viva la familia. Aunque esto se está desarrollando, el Gobierno ya anunció que la ayuda será mayor en las zonas de España en las que más frío haga en invierno.
  • Cuándo se cobrará: se trata de un pago único que por primera vez se realizará en el primer trimestre de 2019. El pago se hará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado; este primer año lo asumirá el Gobierno, y en años sucesivos la gestión y el pago lo harán las comunidades autónomas.

Si quieres saber cuál es la bonificación que te corresponde y que impresos debes de aportar esta herramienta os será de gran utilidad


 

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