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La Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas ha hecho pública en el DOCGV la resolución la cual prorroga hasta Marzo del 2021 la vigencia de los títulos y carnets de familia numerosa expedidos en la Comunidad Valenciana  

¿A QUIÉN AFECTA ESTA MEDIDA?

1.La prorrogar hasta el día 14 de marzo de 2021 supone la validez de los títulos y carnés de familias numerosas que hayan caducado o caduquen entre el 1 de junio de 2019 y el 13 de marzo de 2021.

2. En los casos que durante el periodo de la prórroga automática se produzca la extinción del título de familia numerosa ( es decir, que se dejen de cumplir las condiciones para ser familia numerosa );

  •  Por cumplir la última persona descendiente los 26 años y no tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  • Por perder la condición de discapacidad de alguno de los miembros de los cuales depende la condición de familia numerosa

las personas titulares y beneficiarias no podrán hacer uso de los beneficios asociados al título una vez superada la fecha de extinción del mismo y, a partir de la cual la prórroga automática dejaría de tener efectos.

MUY IMPORTANTE RENOVAR UNA VEZ FINALIZADO EL ESTADO DE ALARMA

No obstante, independientemente de lo dispuesto, todas las personas titulares a las que les caduquen dichos los títulos y carnés durante el periodo prorrogado en esta resolución tienen la obligación de solicitar la renovación de los mismos, según sus circunstancias, una vez finalizado el estado de alarma provocado por la crisis del Covid-19.

¿QUÉ OCURRE SI DURANTE EL PERIODO DE ALARMA ME CADUCA EL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA?

Volvemos a reiterar que se prorrogaran de manera automática hasta el día 14 de marzo de 2021, todos aquellos títulos que hayan caducado o caduquen entre el 1 de junio de 2019 y el 13 de marzo de 2021.

No obstante, independientemente de lo dispuesto, todas las personas titulares a las que les caduquen dichos títulos y carnés durante el periodo prorrogado en esta resolución tienen la obligación de solicitar la renovación de los mismos, según sus circunstancias, una vez finalizado el estado de alarma provocado por la crisis del Covid-19.

¿Y SI ANTERIORMENTE A ESTA FECHA PRESENTÉ LA RENOVACIÓN DE MI TÍTULO Y AÚN NO HE RECIBIDO EL NUEVO?

Si en este plazo se recibiese el título renovado por haber sido presentado con anterioridad al 13 de marzo de 2020, la fecha de caducidad será la que aparezca en éste. Si la nueva fecha de caducidad se encuentra en el actual periodo de alarma, para poder hacer efectiva la prórroga automática será necesario aportar la resolución publicada en el día de hoy. Resolución

ACCESO A TODAS LAS BONIFICACIONES

Gracias a esta medida las familias numerosas de la comunidad Valenciana podrán acceder a todas las bonificaciones que por ley tienen como es el Bono social de la luz, las  bonificaciones en las matrículas universitarias, y las deducciones de Hacienda entre otros. Estos y otros organismo e instituciones podrán acceder una plataforma donde comprobar las caducidades de los títulos para evitar así el fraude.

¿QUÉ PASA CON LAS ALTAS Y MODIFICACIONES DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA?

La Dirección General de Igualdad nos ha indicado que va a enviar instrucciones a las Direcciones Territoriales para que se prioricen las altas y las renovaciones de modificación (por renta, alta de nueva persona usuaria u otra circunstancia) que supongan cambio de categoría.

En principio las renovaciones por modificación de un alta de una nueva persona beneficiaria (nuevo hijo) que no suponga cambio de categoría quedarán pendientes de resolución según les llegue el momento.

MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN

  • La crisis sanitaria y sus consecuencias económicas se están transmitiendo a la sociedad a una velocidad inusitada y por ello, se hace necesario afrontar el impacto económico y social derivado de una emergencia sanitaria y económica sin precedentes.

 

  • La limitación de la circulación o el cierre de servicios administrativos ( como es el caso de las direcciones territoriales y oficinas donde se solicita, renueva o modifica de manera presencial el título de familia numerosa) no esenciales puede generar situaciones de vulneración de derechos ( como es el caso de las bonificaciones que el título de familia numerosa te da acceso) de la ciudadanía que los poderes públicos tienen obligación de garantizar.

 

  • En el caso de las familias numerosas son bastantes los beneficios a los que tienen derecho a través del Título de Familia Numerosa. Y como venimos reclamando desde hace ya mucho tiempo, actualmente, hay un número importante de solicitudes pendientes de resolver cuya tramitación puede retrasarse dado que, al no tratarse de un servicio esencial está afectado por las medidas de confinamiento vigentes. No atender esta situación supondría la pérdida de beneficios para las familias en un momento en que más los necesitan, al igual que un impacto negativo para la infancia y adolescencia cuyo interés superior es obligación ineludible garantizar por parte de las administraciones públicas.

Toda la info aquí

 

 

 

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