Tras varias consultas y respuestas contradictorias finalmente la FEFN ha confirmado con la Agencia Tributaria que esta deducción se mantiene aunque el trabajador esté en una situación de desempleo, ya que la misma se aplica a las personas que desarrollan un trabajo por cuenta ajena o propia, pero también a aquellos contribuyentes que estén en situación de desempleo y “perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado”. (Ver redacción completa del artículo 81 bis, punto 1 d) de la Ley del IRPF para otros supuestos).
Los trabajadores que sean familia numerosa y se encuentren en un ERTE, Expediente de Regulación Temporal de Empleo, podrán seguir beneficiándose de la deducción fiscal específica para estas familias, es decir, los 1.200 euros (600 más por cada hijo a partir del cuarto) que se pueden aplicar en la Declaración de la Renta o percibir mensualmente de manera anticipada, a razón de 100 euros cada mes (50 euros más por cada hijo a partir del cuarto).
La incorporación de los supuestos de desempleo y pensionistas fue una medida que se introdujo en la tramitación de la deducción fiscal por familia numerosa a petición de la Federación Española de Familias Numerosas, ya que inicialmente sólo se iban a beneficiar de esta deducción los contribuyentes que fueran familia numerosa y estuvieran realizando una actividad por cuenta propia o ajena. La FEFN consideró justo que los padres y madres de familia numerosa que estuvieran cobrando algún tipo de prestación por desempleo o pensión, pudieran también deducirse por sus hijos, y su petición fue atendida.
Deducción por maternidad
El caso de la deducción por maternidad, que se aplican las madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años, es distinto, y sí afecta el hecho de estar en ERTE, ya que para tener derecho a esta deducción es necesario que “realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad”.
De acuerdo con el apartado 2 del artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el caso de expedientes de regulación temporal de empleo en los que se suspenda el contrato de trabajo, el contribuyente se encuentra en situación de desempleo total. Por tanto, en los casos de suspensión del contrato de trabajo durante todo el mes, como consecuencia de la aprobación de un expediente de regulación temporal de empleo, deja de realizarse una actividad por cuenta ajena y de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad y el correspondiente abono anticipado.
Solo sería posible realizar un trabajo por cuenta ajena, cuando éste se realizase a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En estos casos sí se tendría derecho por esos meses a la deducción por maternidad.
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PREGUNTO SI UNA PERSONA DE LA UNIDAD FAMILIAR ESTA EN ERTE QUE TIENE QUE VER SIGO SIENDO FAMILIA NUMEROSA Y TRABAJANDO GANABA MAS QUE ESTANDO EN ERTE
Buenas tardes Enrique y disculpa, el artículo no lo explicaba bien y daba lugar a confusión.
Lo que os recomendamos es que reviséis las retenciones con un asesor ya que la prestación por ERTE se cobra sin retención ninguna, es decir sin pagar ningún tributo y puede darse el caso de que no hayas tributado lo suficiente como para aplicarte el total de la deducción de familia numerosa (1200€) y debas devolver parte de ella si la has cobrado por anticipado o no te la puedas aplicar al completo si lo haces en la declaración de la Renta.
Espero haberme explicado.
Un saludo
Hola.me marido es un taxista..y soy yo ama de casa.con 3 niños..el no esta on ERTE..and trabajo is muy mal..
No se como and donde puedo aplicar para las ayudas para mis niños.y que son ayudas para familia nomberosa..
Yo tengo familia numerosa
Yo no ago de aclaración de la renta y Soy familia numerosa me tienen que de volver algo
Durante la estancia en el ERTE la retribución que se percibe son prestaciones asistenciales del sistema de desempleo, con lo que no se pierde el derecho a la deducción por familia numerosa
No se pierde pero conviene estar al tanto con los ingresos y retenciones de estos porque según que casos podría suceder que no se haya retenido lo suficiente.
Hola!
Lo mejor es que llames a cualquiera de nuestras asociaciones, la que se encuentre más cerca de tu domicilio para que ellas puedan informarte de las ayudas y acciones que tienen para las familias asociadas.
Te dejo el enlace a los datos de contacto de las asociaciones para que llames a la que estimes oportuno.https://www.familiasnumerosascv.org/asociate/donde-asociarme/
Un saludo
Os dejo un breve artículo
https://www.martinez-abad.es/los-ertes-y-consecuencias-en-el-irpf-2020/
Buenas mi marido estuvo en Erte dos meses y a mí me despidieron y cobre la prestación solo 215€ me volvieron a contratar en septiembre hasta ahora estoy trabajando de media jornada , tengo tres niñas me afecta en la declaración de la renta?a mí siempre me devuelven y me dan los 1200€ cada mes 100€
Hola Cristina
Lo mejor es que consultes tu caso personal a un asesor.
Un saludo
Estoy en erte desde marzo del 2020 y hasta enero cobre los 100 e por familia numerosa ,pero este mes de febrero aún no lo e cobrado …porq ??
Todos los años el mes de Febrero siempre hay retraso en el pago. Hemos hablado con la Agencia Tributaria y ya han dado la orden de pago por lo que no creo que tardes en recibir el ingreso.
Un saludo!