El Complemento de Ayuda para la Infancia o CAPI forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque se puede conceder de forma independiente. Aquí puedes resolver tus dudas y saber cómo comprobar si tienes derecho a percibirlo o cómo solicitarlo.
¿Cuál es el importe?
El importe se marca según el número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año, con arreglo a los siguientes tramos:
• Menores de tres años: 115 euros.
• Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
• Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.
¿Cuáles son los requisitos?
Los que pueden acceder a este complemento son las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital, así como los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos para el CAPI:
• Siendo los ingresos inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
¿Cómo se puede solicitar?
Para solicitar el CAPI hay que realizar una solicitud del Ingreso Mínimo Vital por cualquiera de los canales establecidos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en imv.seg-social.es, tanto si tienes derecho a percibirlo conjuntamente con el IMV como si lo vas a solicitar de forma independiente.
En esta guía práctica para solicitar el IMV encontrarás toda la información y un vídeo tutorial sobre cómo solicitar la prestación sin necesidad de certificado digital o cl@ve.
Una vez reconocida la prestación, todos los beneficiarios IMV, incluidos aquellos que únicamente sean perceptores del complemento de ayuda para la infancia, están obligados a presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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